IMPUESTOS QUE SE APLICAN A UNA COMISIÓN

28 de septiembre de 2013

impuestos de una comisión

Si los ingresos que se perciben son comisiones por venta, qué impuestos se aplican:

1.-Las comisiones son por ventas directas del comercial.

-Si el comercial está dado de Alta en el IAE como Profesional, tendrá que facturar con IVA menos IRPF.

-Si por el contrario, está dado de alta en el IAE como Intermediario de Comercio en la Sección empresarial, tendrá que facturar sólo con IVA. 



2.- Por la venta del grupo que tiene a su cargo.

Lo mismo que todo lo anterior.

3.- Si el proveedor está fuera de España, pero dentro de la comunidad Europea y la venta se realiza en España.


Tendrá que facturar sin IVA, por ser operación intracomunitaria, pero a la vez tendrá que darse de Alta en el ROI, a través del modelo 037, y tener la precaución de no olvidarse de reseñar en el modelo 303 las operaciones intracomunitarias. Así mismo se obliga a presentar el modelo 349.

El darse de Alta en el ROI (intracomunitarios) trae como consecuencia la visita de dos Agentes Tributarios a la Empresa para confirmar que la Empresa existe, que la dirección es la correcta y saber qué tipo de operaciones se van a realizar. Si lo ven todo correcto activan el Alta. 

4.- Si en la situación 3, la venta se realiza en América.

Igualmente sin IVA por asimilarse a exportaciones. En este caso no tendría que darse de Alta en el ROI ni presentar el modelo 349.

5.- Si el servicio es por venta de un producto de un país de la Comunidad Europea en elterritorio español a empresas o personas españolas y el comercial solo formaliza la venta en un documento, no cobra ni entrega el producto, todo se hace desde ese país:

-Si el profesional español factura a la Empresa de la CEE por las comisiones del mes en curso, irá sin IVA por ser operación intracomunitaria y tendrá que declarar el modelo 349.

-Si la Empresa de la CEE no tiene establecimiento permanente en España tampoco llevará retención, por lo tanto su factura será muy simple. SOLO BASE IMPONIBLE.


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