FISCALIDAD REGALOS DE EMPRESA SEGÚN REFORMA SOCIEDADES 2015

29 de enero de 2015

En la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedadesen el artículo 15, se indica que las empresas podrán deducir como gasto los regalos a clientes o proveedores con el límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo.
La deducibilidad de cuantías inferiores estará sometida a las reglas generales de registro, justificación e imputación temporal.

3 comentarios:

  1. Se deberia poder deducir los regalos de empresa o regalos publicitarios ya que lo que se trata es de fidelizar a los clientes.

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  2. Estoy totalmente de acuerdo. De hecho esta ley es un parche a las solicitudes durante muchos años de empresarios y autónomos.
    Un saludo.

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  3. Completamente de acuerdo con vosotros, quizá en algún tiempo se pueda hacer de esta forma porque sería positivo tanto a las empresas que dan productos como para los beneficiados por ellos, todos salimos ganando

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