Fin del Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo

29 de septiembre de 2016

fin libro visitas de la Inspección de Trabajo


A partir del 13 de septiembre de 2016, según la Orden Ministerial ESS/1452/2016, de 10 de junio publicada en el BOE del 12 de septiembrede 2016,  Inspección de Trabajo tendrá la obligación de emitir una Diligencia de actuación que realicen al visitar los Centros de Trabajo o  de comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en las Dependencias Públicas:

- la diligencia deberá seguir el modelo publicado en el BOE

- la empresa deberá conservar la diligencia durante 5 años desde la fecha de la emisión de la misma

En dicha Orden se suprime la obligatoriedad del Libro de visitas de la Inspección de Trabajo electrónico a partir del 2017.

Gracias por vuestra visita!!
Podéis seguirme también en facebook!!

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Estaría encantada de que dejases tu comentario para enriquecer mi blog!!

ir arriba