El 1 de marzo de 2014 el BOE ha publicado
el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el
fomento del empleo y la contratación indefinida.
Va a suponer una importante
rebaja de las cotizaciones sociales por
contingencias comunes, para los nuevos contratos indefinidos de trabajadores,
formalizados a partir del 25 de febrero y hasta el 31/12/2014 (plazo máximo de solicitud):
La cuota empresarial a ingresar por contingencias comunes será de 100 €, para
los contratos a jornada completa,, de 75 €, para los contratos de jornada de 30 horas semanales y de 50 €, para los contratos a tiempo parcial, durante 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato, por regla general (para empresas que al momento de celebrar el contrato al que se aplique la reducción cuenten con menos de 10 trabajadores: 12 meses más (3 años en total), si bien las cuotas empresariales mencionadas anteriormente, durante esta prórroga, se reducirán en un 50%.).
1.- Estar al corriente con la
AEAT Y S.S.
2.- Las empresas no habrán podido
realizar despidos colectivos ni individuales, declarados improcedentes, en los
seis meses anteriores.
3.- Que los nuevos contratos supongan
creación neta de empleo en la empresa (no valdrá despedir a unos trabajadores
para contratar a otros). Y mantenerlo durante 3 años, tanto el contrato, como
la “creación”. En caso contrario, deberá devolver los beneficios obtenidos (esta obligación de mantenimiento de empleo indefinido se examinará cada 12 meses).
4.- Que no haya rotación entre
empresas del grupo.
5.- Que no haya vinculaciones ni
accionariales ni personales, salvo para el caso de hijos de autónomos.
Se seguirá cotizando igual por el resto de contingencias:
- no afecta a la aportación del trabajador, ni a la aportación
empresarial por el resto de contingencias (desempleo, FOGASA y Formación
profesional), respecto de las cuales se aplicarán las reglas ya vigentes de
cotización.
- no tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas
a las que puedan tener derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando el
importe íntegro de la base de cotización.
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