CONTRATOS INDEFINIDOS: TARIFA PLANA 100€

3 de marzo de 2014


El 1 de marzo de 2014 el BOE ha publicado el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.

Va a suponer una importante rebaja de las cotizaciones sociales por contingencias comunes, para los nuevos contratos indefinidos de trabajadores, formalizados a partir del 25 de febrero y hasta el 31/12/2014 (plazo máximo de solicitud):

La cuota empresarial a ingresar por contingencias comunes será de 100 €, para los contratos a jornada completa,de 75 €,  para los contratos de jornada de 30 horas semanales y de 50 €, para los contratos a tiempo parcial,  durante 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato, por regla general (para empresas que al momento de celebrar el contrato al que se aplique la reducción cuenten con menos de 10 trabajadores: 12 meses más (3 años en total), si bien las cuotas empresariales mencionadas anteriormente, durante esta prórroga, se reducirán en un 50%.).
Las principales condiciones para tener derecho a esta rebaja son:

1.- Estar al corriente con la AEAT Y S.S.     

2.- Las empresas no habrán podido realizar despidos colectivos ni individuales, declarados improcedentes, en los seis meses anteriores.

3.- Que los nuevos contratos supongan creación neta de empleo en la empresa (no valdrá despedir a unos trabajadores para contratar a otros). Y mantenerlo durante 3 años, tanto el contrato, como la “creación”. En caso contrario, deberá devolver los beneficios obtenidos (esta obligación de mantenimiento de empleo indefinido se examinará cada 12 meses).

4.- Que no haya rotación entre empresas del grupo.

5.- Que no haya vinculaciones ni accionariales ni personales, salvo para el caso de hijos de autónomos.

 Se seguirá cotizando igual por el resto de contingencias:

- no afecta a la aportación del trabajador, ni a la aportación empresarial por el resto de contingencias (desempleo, FOGASA y Formación profesional), respecto de las cuales se aplicarán las reglas ya vigentes de cotización.

- no tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización.

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