Novedades del modelo 347 del ejercicio 2013

11 de febrero de 2014

Las novedades del Modelo 347  del 2013 “Declaración anual de operaciones con terceras personas” son las siguientes:


1.- Plazo de presentación:

Habrá que presentarlo el 28 de febrero, como plazo máximo, excepto en Andalucía, al ser día inhábil, el 1 de marzo.

2.- Formas de presentación de la declaración

Quedan obligadas a presentar el modelo de forma telemática, con firma electrónica avanzada (certificado electrónico o DNI-e), las siguientes entidades: Las Administraciones Públicas, aquellos obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de la Unidades de Gestión de Grandes Empresas, las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.

Las personas físicas podrán presentarla con firma electrónica avanzada o si, su declaración no excede de 15 registros declarados, también podrán utilizar el sistema “PIN 24 horas”.

Las entidades encuadradas en la Ley 49/1960, sobre la propiedad horizontal (las que desarrollen actividades empresariales o profesionales según lo dispuesto en la normativa del IVA), pueden presentar la declaración con firma electrónica avanzada o, si la declaración no excede de 15 registros declarados, utilizar el servicio de predeclaración mediante el envío de mensaje SMS.

*En todos los supuestos, si la declaración excede de 10.000.000 de registros declarados, se podrá optar entre realizar la presentación con firma electrónica avanzada o bien en soporte directamente legible por ordenador.


IMPORTANTE: Las novedades introducidas por el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, en la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347), afectan a las operaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2014, y por lo tanto no se tendrán en cuenta hasta la declaración correspondiente al ejercicio 2014, cuya presentación se realizará en el mes de febrero del ejercicio 2015.



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